PREGUNTA: ¿Qué requisitos debe cumplir un reportaje fotográfico para que pueda aplicarse el tipo reducido del 10%?
RESPUESTA: Se consideran objetos de arte, las fotografías tomadas por el artista y reveladas e impresas por el autor o bajo su control, firmadas y numeradas con un límite de treinta ejemplares en total, sean cuales fueren los formatos y soportes.
Si cumplen con la anterior definición, las fotografías realizadas tendrán la consideración de objetos de arte y su entrega tributará al tipo del 10%, siempre que las entregas sean realizadas por sus autores o derechohabientes o por empresarios o profesionales que no sean revendedores y tengan derecho a la deducción total del impuesto soportado.
No concurriendo lo anterior, el tipo impositivo aplicable a las entregas de dichas fotografías será el general del 21 %.
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