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Las empresas que tributen el IRPF en régimen de estimación objetiva deben estar atentas porque se avecinan cambios. El gobierno tiene previsto flexibilizar los límites de cara al 2016 y 2017. En concreto, solamente se quedará excluido de módulos si durante el ejercicio anterior ha superado alguno de estos límites:
Límite | Hasta el año 2015 | Años 2016 y 2017 | A partir de 2018 |
Ventas totales | 450.000 | 250.000 | 150.000 (1) |
Ventas a empresarios | – | 125.000 | 75.000 |
Compras (no inmovilizados) | 300.000 | 250.000 | 150.000 |
Aunque las ventas a otros empresarios alcancen los 120.000 en 2015, la empresa no perderá la opción a tributar en módulos en 2016. Por tanto, existe mayor margen para incrementar las ventas en lo que resta del 2015. Para más información pueden consultar nuestra circular de asesoría relacionada con estos cambios en la materia: circular
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