Si tu empresa dona dinero a entidades sin ánimo de lucro, no podrá deducir fiscalmente dicho gasto. No obstante, disfrutarás de una deducción en la cuota del Impuesto sobre Sociedades del 35% de la cantidad donada, por lo que, en la práctica, tendrás un ahorro superior al que se hubiese derivado de considerar el gasto como deducible.
Pues bien, en 2015 la deducción es del 37,5% (y del 40% a partir de 2016) si en los dos años anteriores has efectuado donaciones a la misma entidad destinataria por importe igual o superior a las del año anterior. El donativo no puede superar el 10% de la base del ejercicio (el exceso puede aplicarse en los diez años siguientes).
Ejemplo. Tu empresa donó a una fundación 10.000 euros en 2013, 12.000 en 2014 y 15.000 en 2015 (ejercicio en el que tiene una base imponible de 100.000 euros). Pues bien, el coste efectivo de ese último donativo por 15.000 euros será de sólo 9.375 euros:
Concepto | Importe |
Donativo satisfecho | 15.000 |
Deducción 2015 (11.500 x 37,5%) (1) | -4.313 |
Deducción aplicable años siguientes (2) | -1.312 |
Si quieres saber más sobre donaciones, aquí te adjuntamos un enlace sobre este tema: donaciones
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