CONSULTA: Al efectuar aportaciones a planes de pensiones el banco firma un “compromiso de revalorización” que garantiza que dichas aportaciones alcanzarán un valor mínimo en una fecha concreta. En caso de que el valor del plan quede por debajo, el banco debe abonar la diferencia. Si me encuentro en esta situación, ¿cómo debo declarar las cantidades recibidas?
RESPUESTA DE CINC ASESORÍA:
Buenos días. Gracias por usar el consultorio online de CINC.
No son rentas del trabajo. Aunque dichos rendimientos estén relacionados con su plan de pensiones, no deberá declararlos como una renta del trabajo (esto sólo deberá hacerlo cuando se jubile y cobre la prestación del plan). Son rentas del capital. Este tipo de rentas deben declararse como rendimientos del capital mobiliario, por lo que deberá tributar por ellas en la base del ahorro del IRPF (en 2014, a un tipo de entre el 21% y el 27%), y no en la base general (que le hubiese supuesto una tributación a un tipo marginal de hasta un 52%).
Si firmó con su banco un “compromiso de revalorización” de su plan de pensiones y ha cobrado una cantidad por dicho concepto, no la declare como renta del trabajo sino como renta del capital mobiliario.
Virginia Cirera. – Abogada, asesora fiscal-
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