Consultorio online de asesoría: ¿Cómo tributo los ingresos de mi incapacidad absoluta si ha sido rebajada temporalmente?

CONSULTA: En 2013 cobraba pensión de incapacidad absoluta que en octubre de 2013 me fue rebajada a incapacidad total. En Marzo de 2014, el juzgado de lo social me ha dado devuelto la incapacidad absoluta con carácter retroactivo y fecha desde que la quitaron en 2013. ¿Cómo declaro los ingresos por esta invalidez en 2014 si la pensión es absoluta desde el 2013 de nuevo?

RESPUESTA DE CINC ASESORÍA:

Buenas tardes,

La incapacidad absoluta está exenta de tributación, por lo que repercute de forma distinta a la incapacidad total. Si le han vuelto a dar la incapacidad absoluta usted tiene que haber presentado una declaración complementaria del año 2013 o debería presentarla. En relación a la declaración de 2014, usted tiene que declararlo como absoluta porque le han vuelto a dar la incapacidad absoluta con efectos retroactivos en el momento de quitársela.

Espero haber resuelto sus dudas al respecto, aun así, estamos a su disposición para cualquier duda o aclaración en las oficinas de Figueres, Girona y Barcelona.

Muy atentamente,

Susanna Marti. – Departamento Jurídico de CINC-

Si desea que le asesoremos puede ponerse en contacto con nosotros en:

 

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