Hoy hablamos de cambios tributarios en las agencias de viajes porque desde este 2015, estas ya no pueden repercutirse un IVA del 6 por ciento. Veamos como queda la situación.
Hasta el año pasado, cuando íbamos como empresa a contratar un viaje dentro de España, la agencia entregaba una factura con las cuotas de IVA incluidas en el precio y un IVA repercutido del 6 por ciento. Hasta entonces, las agencias sólo debían repercutir el IVA que tenían sobre el margen de la operación y para no desvelar sus márgenes de beneficios, se le permitía repercutir este 6 por ciento, siendo totalmente deducible por el cliente.
Ahora esto cambia y las agencias deben incluir este impuesto sin desgloses adicionales. Esto significa que el IVA ya no es deducible.
¿Qué hay que hacer entonces?
La solución sería pedir a la agencia de viajes que renuncie a su régimen especial y se aplique el régimen general de IVA. De esta manera, aparecerá desglosado en la factura y como empresa podrá deducírselo.
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