La figura del consejero delegado es el cargo más reclamado en España (75% de los casos), seguido del presidente (38%), el CFO (36%) y directivos concretos (35%), según el VI Estudio sobre el Mercado Español de Seguros de D&O. Tal y como afirma Canalceo.com, el estudio revela que «el seguro de consejeros y directivos sigue creciendo tanto en primas, como en pólizas y reclamaciones».
Siniestralidad: crecimiento continúo
Las reclamaciones contra los altos cargos se incrementaron un 6,6%, hasta alcanzar el 43,2% del mercado, lo que supone que uno de cada tres empresas con un seguro para proteger a sus directivos sufrieron una reclamación en 2012.
Administradores demandables años después de su cese
Los directivos pueden ser demandados por un tercero perjudicado durante los cuatro años siguientes a sus ceses efectivos. Por otra parte, si el seguro incluye la cobertura de prestación de fianzas, el asegurado dispondrá de un instrumento para afrontar las medidas que, eventualmente, acuerde el juez.
LA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE ADMINISTRADORES Y DIRECTIVOS
Hoy en día, los administradores de cualquier entidad –desde una sociedad anónima a una fundación- tienen un trabajo muy complejo y lleno de retos. Se enfrentan continuamente a decisiones difíciles y su gestión es objeto de análisis por todas las partes interesadas: accionistas, socios, protectorado, empleados, clientes, proveedores, entre otros. Cualquier administrador, ya sea ejecutivo o no ejecutivo, de hecho o derecho, puede exponerse a responsabilidades civiles o penales relacionadas con:
- Mala gestión del patrimonio de la entidad
- Competencia desleal
- Falta de supervisión
- Mala decisión en la adquisición o venta de activos o entidades
- Falta de diligencia en la realización de estudios de mercado
- Fusiones y Adquisiciones
- Excesiva o deficiente diversificación
- Excesivas o deficientes inversiones en I+D
- Información incompleta o incorrecta
- Desvío de la estrategia marcada
- Falta de diligencia en la investigación y aprobación de proyectos empresariales: diversificación, contratos, adquisiciones, nuevos socios, expansión a otros mercados, cambios accionariales, problemas de sucesión, grandes préstamos/líneas de financiación, cambios de estrategia, entre otros.
Todas estas situaciones con las que se encuentra el administrador en su gestión diaria pueden generar reclamaciones en su contra que se materializan en costosos procesos que tienen cada vez mayor frecuencia e intensidad, incluso en el ámbito de las Pymes, Fundaciones, Cooperativas y Asociaciones.
En definitiva, la base y el fundamento de estas pólizas reside en que los directivos y altos cargos pueden llegar a responder con su patrimonio personal en caso de responsabilidad si no es suficiente el patrimonio de la empresa. Otro beneficio de este tipo de pólizas es que cubren los directivos y altos cargos de la empresa, presentes pasados y futuros, incluidos los fundadores de la misma.
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES:
¿Cuál es el objeto de la cobertura?
- Los gastos de defensa y la posible indemnización como consecuencia de reclamaciones cubiertas que sean formuladas contra la persona asegurada durante la vigencia de la póliza.
- Algunas de las alegaciones más frecuentes incluyen:
- Incumplimiento de los deberes propios de un administrador
- Error de gestión
- Falta de diligencia
- Errores u omisiones al facilitar información financiera
- Falta de supervisión
¿Quién está Asegurado?
- Administradores y directivos presentes, pasados o futuros
- Empleados, en relación con las reclamaciones en materia laboral
¿Se cubren las reclamaciones en la vía penal?
- Se adelantan los gastos de defensa hasta que se demuestre la culpabilidad del asegurado, y siempre y cuando no haya ninguna otra exclusión aplicable.
¿Cómo responde la póliza en caso de investigación formal?
- Se cubren los gastos de representación legal en los que incurra el asegurado como resultado de la investigación formal contra él iniciada por una autoridad competente.
¿Cuál es la cobertura para reclamaciones por contaminación?
- La póliza contiene unas coberturas específicas para los gastos de defensa y el daño patrimonial indirecto derivado de contaminación.
¿Qué es el período adicional de notificación?
- Es una opción que tiene el asegurado o el tomador del seguro de contratar, al vencimiento de la póliza y siempre y cuando no se contrate otra póliza, un período adicional para cubrir las reclamaciones que se produzcan durante dicho período por actos anteriores a la fecha de vencimiento de la póliza.
¿Qué cobertura se facilita para los asegurados de filiales de reciente creación o adquisición?
- Se cubren los actos dañosos posteriores a la fecha de dicha creación o adquisición.
¿Cuándo es necesario comunicar la creación o adquisición de una nueva filial?
- Siempre que se trate de una entidad cuyo volumen de activos sea superior al porcentaje de los activos consolidados establecido en la póliza, o se trate de una sociedad con domicilio o valores emitidos en EEUU.
¿Qué ocurre si el tomador del seguro o una sociedad filial son adquiridos o se fusionan con otra entidad durante la vigencia de la póliza?
- Se cubren las reclamaciones formuladas contra los asegurados hasta el vencimiento de la póliza por actos cometidos antes de la fecha de adquisición o fusión.
NOTA: la Poliza de Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos se contrata para hacer frente a las responsabilidades derivadas del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Póliza de RC de Consejeros y Directivos de CINC Corredoria d’Assegurances>
Núria Fernández – Community Manager de CINC, Centro de negocios , Asesoría de empresas y Correduría de Seguros
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